El Supremo establece que los juzgados de lo mercantil podrán actuar sobre deudas públicas que tengan contraídas los autónomos.
Desde 2015
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) llevaba solicitando unas conclusiones similares a las de esta sentencia desde el año 2015, fecha en la que se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad. ATA reclamaba que el deudor pudiera abonar de manera fraccionada el pago de intereses y sanciones contraídas con la Administración.
En ese sentido, tras conocer el fallo del Tribunal Supremo, desde la Asociación recuerda que de esta manera son los tribunales los que pueden exonerar hasta un 70% de las deudas que se han contraído tanto con Hacienda como con la Seguridad Social. Y decidir, por tanto, en cuánto se fraccionan los pagos.
Según su presidente, que reclama que se corrija la Ley para incluir este detalle en ella, “ha tenido que llegar el Tribunal Supremo para decir lo que desde ATA llevamos diciendo años, que no podía existir una Ley de Segunda Oportunidad sin que se incluyesen los créditos públicos, que son los que realmente hunden a los autónomos”.
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